La Gran Misión Abastecimiento Soberano tendrá como objetivos:
- Mejorar la eficiencia en la implementación de la política pública nacional referida al sistema agroproductivo e industrial nacional y de distribución de alimentos, fármacos y demás rubros señalados en el artículo 1° de este Decreto
- Favorecer la transformación del modelo productivo y distributivo de alimentos, sus materias primas e insumos, así como de los productos, materias primas e insumos del sector agroproductivo e industrial nacional agroalimentario, de producción y distribución de fármacos y de la industria de productos para la higiene personal y aseo del hogar
- Precisar y neutralizar las acciones desestabilizadoras que vienen ejecutándose contra el sistema agroproductivo nacional e industrial, el de abastecimiento de alimentos, fármacos y productos para la higiene personal y aseo del hogar.
- Disminuir paulatinamente la dependencia de abastecimiento externo de productos estratégicos.
- Diseñar y desarrollar un nuevo modelo de gestión agrícola para el desarrollo agrario integral del campo venezolano.
- Satisfacer las necesidades locales, regionales y nacionales de abastecimiento de productos estratégicos para la alimentación, salud, aseo e higiene personal de las venezolanas y los venezolanos, permitiendo además la generación de excedentes para la exportación.
. La Gran Misión Abastecimiento Soberano será abordada en siete grandes vértices para la construcción de un sistema económico sustentable y virtuoso. A saber:
- Atención de la Producción Eficiente y Sostenible
- Logística Oportuna
- Construcción y Consolidación de un Nuevo Sistema de Distribución y Comercialización.
- Conformación de un nuevo Sistema de Determinación de Costos, Rendimientos y Precios Justos.
- Consolidación de todas las Formas de Organización y Atención Integral de los Actores que Intervienen en los Procesos Productivos.
- Seguridad, Defensa y Desarrollo Integral de la Patria.
- Impulso de la investigación y desarrollo aplicado a los procesos productivos vinculados a los distintos Motores contemplados en este Decreto, y a la sustitución de importaciones.
El Comando para el Abastecimiento Soberano estará conformado por:
- El Presidente de la República, en su carácter de Jefe de Estado y de Gobierno, así como de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, quien lo preside.
- El Ministro del Poder Popular para la Defensa, y Comandante Estratégico Operacional (CEO), quien asumirá la Jefatura del Órgano Superior de dicho Comando, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento que lo organice.
- El Segundo Comandante Estratégico Operacional (CEO) y Jefe del Estado Mayor Conjunto del Comando Estratégico Operacional de la FANB.
- El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno.
- El Ministro del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras.
- La Ministra del Poder Popular de Agricultura Urbana.
- El Ministro del Poder Popular de Pesca y Acuicultura.
- El Ministro del Poder Popular para la Alimentación.
- El Ministro para la Industria y Comercio.
- La Ministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales.
- El Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información.
- El Coordinador o Coordinadora Nacional de los Comité Locales de Abastecimiento y Producción.
- El Coordinador o Coordinadora Nacional del Frente Francisco de Miranda.
- Un (01) representante de los Gobernadores y Gobernadoras.
- Una (01) representante de la Unión Nacional de Mujeres (UNAMUJER).
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